V Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra Cosecha Temprana «Provincia de Badajoz»

Acto de entrega de premios:

3 de mayo 12:00 horas en El Hospital

Fallo del Jurado:

Badajoz 27 de enero de 2022

Ganadores:

Producción Convencional:

MM Gourmet, de la Almazara Molero Maza (Agroavia S.L.) de Puebla de la Calzada, en la categoría Convencional

Producción ecológica:

MM Ecológico de la Almazara Molero Maza (Agroavia S.L.) de Puebla de la Calzada, en la categoría Ecológica

Producción Limitada:

Aceite Emérita, de Francisco Manuel Gómez Jiménez (El Secreto de Minerva) de Esparragalejo, en la categoría Producción Limitada

Menciones de honor:

Producción Convencional

Maimona, de la Sociedad Cooperativa Virgen de la Estrella de Los Santos de Maimona
Oleícola Berlangueña Sociedad Limitada de Berlanga.

Producción Ecológica

El Secreto del Chef, de la Sociedad Cooperativa Agrícola Santa Marta Virgen de Santa Marta de los Barros

Retamar, de Hermanos Retamar García Sociedad Limitada de Guareña

Producción Limitada

El Comercio, de María Macarena Gómez Jiménez (Sabores Centenarios) de Esparragalejo
Sol de Barros, de Jesús Elías Becerra, de Solana de los Barros.

Organiza:

Diputación de Badajoz

Dirección Técnica:

Centro Tecnológico Nacional Agroalimentario Extremadura

Panel de cata:

INTAEX-CICYTEX

Presentación de las

empresas:

Molero Maza

El secreto de Minerva

Comprar aceite de Extremadura:

En este enlace se muestra una guía para comprar aceite de oliva virgen de Extremadura.

Bases reguladoras:

Área de Transformación Digital y Turismo

Badajoz

Anuncio 4784/2021

BASES REGULADORAS DE LA «CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA V EDICIÓN DE LA CATA-CONCURSO DE ACEITES DE OLIVA VIRGEN EXTRA «PROVINCIA DE BADAJOZ, COSECHA TEMPRANA 2021/2022»»

La Diputación de Badajoz establece y aprueba, en orden a su especificidad, las bases reguladoras de la convocatoria para la celebración de la V Edición de la Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra «Provincia de Badajoz, Cosecha Temprana 2021/2022», cuyo texto literal es el siguiente:

BASES:

Con objeto de fomentar la promoción, difusión y promover el conocimiento y el consumo de los aceites de oliva vírgenes extra de la provincia de Badajoz de calidad superior, así como estimular a los productores a obtener aceites de mayor calidad, la Diputación de Badajoz propone este certamen provincial del aceite como medida institucional de impulso y desarrollo a la producción convencional y a la producción ecológica del aceite de oliva virgen extra de la provincia de Badajoz en la cosecha de la campaña 2021/2022.

En este sentido, la Diputación de Badajoz organiza una cata-concurso de aceites de oliva virgen extra con la finalidad de promocionar y dar a conocer los aceites de oliva virgen extra de elaboración temprana, de mayor calidad y mejores propiedades organolépticas, elaborados a partir de aceitunas de la provincia de Badajoz.

1.ª.- Organizador.

La V Edición Cata-Concurso «Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2021/2022», está organizada por la Diputación de Badajoz.

2.ª.- Participantes.

a) Podrán participar en el concurso todos los elaboradores de aceites de oliva virgen extra, los titulares de almazaras y agrupaciones de almazaras autorizadas que tengan su domicilio social y actividad principal en la provincia de Badajoz.

b) No será admitido, a efectos del concurso convocado, aceites de oliva virgen extra procedentes de almazaras sobre las que exista resolución firme de retirada de autorización por el órgano correspondiente. Asimismo, tampoco será admitido ningún participante que, en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, haya sido objeto de resolución sancionadora firme en expediente tramitado por cualquiera de las Administraciones Públicas españolas, por infracción de la legislación agroalimentaria.

3.ª.- Aceites admitidos a concurso.

a) Solo se admitirán al concurso los aceites de oliva virgen extra de la campaña 2021-2022 que cumplan los parámetros de calidad exigidos para esta denominación en el Reglamento de ejecución (UE) n.º 2568/91, de la Comisión, de 11 de julio, relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis y posteriores modificaciones.

b) Los aceites presentados tendrán que responder a marcas que se comercialicen, debiendo ajustarse a la normativa vigente al respecto, indicando la marca exacta bajo el que se envasará dicho aceite en el acta de toma de muestra del presente concurso (anexo I).

c) Podrán participar al concurso los aceites de oliva vírgenes extra en las siguientes categorías:

– Categoría A: Aceites de oliva virgen extra, de producción convencional. Muestras de lote homogéneo de al menos 5.000 L (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña 2021-2022.

– Categoría B: Aceites de oliva virgen extra, de producción ecológica. Muestras de lote homogéneo de al menos 5.000 L (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña 2021/2022. Con la solicitud de inscripción, las empresas que opten a esta categoría dan su consentimiento para que el organizador compruebe su correcta inclusión en el registro de elaboradores y comercializadores de producción ecológica.

– Categoría C: Aceite de oliva virgen extra «producción limitada», de origen tanto convencional como ecológica. Será necesario un lote homogéneo superior a 2.000 L (1.832 kg) e inferior a 5.000 L (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la campaña 2021/2022.

d) Solo se admitirá una muestra de aceite por almazara o empresa participante para cada categoría. Una misma almazara o empresa podrá participar en distintas categorías siempre y cuando sea bajo una marca comercial diferente.

e) La participación en la V Cata-Concurso «Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2021/2022» es gratuita.

f) El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por la organización.

4.ª.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

a) Las almazaras y empresas interesadas en participar deberán presentar debidamente cumplimentado el modelo de solicitud que figura como anexo I de las presentes bases.

b) El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

c) Las solicitudes se formalizarán en el modelo del anexo I de esta convocatoria. Los modelos de solicitud y de declaraciones responsables estarán a disposición de los interesados en la página web de la Diputación de Badajoz y en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz.

d) Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de Badajoz e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa 23, 06071-Badajoz.

e) También podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

f) La gestión e instrucción de las solicitudes corresponderá a la Diputación de Badajoz, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

g) Si la solicitud o cualesquiera de los documentos imprescindibles no reuniera los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en la convocatoria; se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma norma legal.

h) La Diputación podrá posponer o suspender la edición bajo circunstancias de excepcionalidad que impidan la participación en igualdad de condiciones entre las almazaras y empresas participantes, así como la imposibilidad e inviabilidad, total o parcial, del desarrollo del proceso de la cata concurso recogido en los apartados 5.º y 6.º de las bases reguladoras de esta convocatoria.

5.ª.- Recogida de muestra.

a) Recibida la ficha de inscripción, las muestras de aceites serán recogidas en las almazaras por la organización del concurso, para lo que contará con personal técnico especializado.

b) Por cada aceite presentado al concurso, se recogerá una muestra de 2,5 litros, dividida en partes iguales en cinco envases. Tres de ellas, serán empleadas para la valoración sensorial, la cuarta para los análisis físico-químicos y una quinta se reservará como ejemplo de seguridad.

c) Cada ejemplar de la muestra se precintará y llevará una etiqueta en la que figure el nombre del concurso, la convocatoria y la fecha de la recogida del aceite. Además, se incluirá un código identificativo compuesto por tres números y/o letras que harán referencia a la almazara o empresa productora (n.º asignado por riguroso orden de llegada) y la categoría del premio al que se presenta.

6.ª.- Proceso de la cata-concurso.

a) La cata-concurso se realizará por el sistema denominado «cata ciega». El anonimato de las muestras, y la fiel reserva de las mismas, están garantizadas por la Diputación de Badajoz.

b) La organización no tendrá obligación de remitir los resultados obtenidos en el análisis de los aceites.

c) El jurado estará integrado por al menos ocho expertos/as catadores de reconocido prestigio.

d) El proceso de cata, comprenderá dos fases:

Primera:

En esta primera fase, los integrantes del jurado catarán los aceites presentados en cada una de las tres categorías. En base a la valorización de sus características sensoriales de acuerdo con la ficha de cata incluida en el anexo II, superarán esta fase aquellos aceites que alcancen los 70 puntos de valoración.

Segunda:

En un segundo análisis de sus características sensoriales valorizado mediante la ficha de cata del anexo II, y agrupando en sesiones de cata aceites participantes en igual categoría, se procederá a elegir al aceite ganador entre los seleccionados en la primera fase, siendo este el que mayor puntuación reciba atendiendo a la ficha de cata anteriormente citada.

e) Los aceites que resulten seleccionados se someterán al correspondiente análisis de parámetros de calidad del Reglamento 2568/91 y posteriores modificaciones, y residuos de pesticidas para los aceites de la categoría B, eliminándose aquellos en los que se detecte incumplimiento de cualquier parámetro exigido por la legislación vigente.

f) Las decisiones del Jurado serán inapelables. Las posibles diferencias en la interpretación de estas bases serán resueltas por la organización, el cual se reserva el derecho de rechazar las muestras que no cumplan las bases del presente concurso.

7.ª.- Acto de entrega de los premios.

a) Para cada categoría, se otorgará un único premio al aceite con mayor puntuación obtenida en la valorización organoléptica y que cumpla con el resto de los requisitos expuestos en las bases.

b) El premio consistirá en 2.000,00 euros en compra del aceite de oliva virgen extra premiado en botellas de vidrio de 250 ml de capacidad, que no superen 25 cm de altura y 7 cm de diámetro, precio comercial de la marca galardonada, siempre y cuando los precios sean acordes a un valor lógico de mercado. La Diputación se reserva el derecho a no ejecutar la compra si el precio de venta no es acorde a la situación del mercado.

c) El premio, en cualquiera de sus categorías podrá declararse desierto.

d) La organización podrá conceder hasta 2 menciones honoríficas en cada categoría. Este reconocimiento no recibirá premio económico.

e) El acto de entrega de los premios de este V Cata-Concurso «Provincia de Badajoz Cosecha Temprana 2021/2022» se haría en un acto público convocado a tal efecto, siempre y cuando las circunstancias lo permitan.

8.ª.- Promoción de los aceites seleccionados.

a) Una vez resuelto el concurso, siguiendo la normativa vigente, las empresas cuyos aceites hayan sido seleccionados, y quieran hacerlo constar, podrán indicar en las etiquetas, contraetiquetas o envases, exclusivamente correspondiente al lote premiado en el presente concurso, el logo-marca del concurso; acompañada de la identidad corporativa establecida por la Diputación Provincial de Badajoz.

b) Las empresas participantes, tanto las seleccionadas como las que no lo sean, tendrán preferencia en las actividades promocionales que desarrolla el patronato en materia gastronómica.

9.ª.- Aceptación de las bases.

El hecho de participar en esta convocatoria supone la plena aceptación de las bases.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Badajoz, a 31 de octubre de 2021.- El Presidente. P.D. (Decreto 05/07/2019, BOP 128, 08/07/2019), El Diputado Delegado del Área de Transformación Digital y Turismo, Manuel José González Andrade.

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